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La caza en la proximidad de lugares habitados o de paso habitual de personas

Impacto:

**

Lugar:

Indeterminado.

Observación:

Caza en proximidad zonas habitadas o de paso habitual de personas

Actuaciones correctoras:

  • Regulación muy restrictiva por parte de la Administración pública de los espacios en los que es posible cazar.

  • Prohibición física de los puestos de caza por resultar antiestéticos y perturbadores de la belleza natural.

  • Animar a los ayuntamientos y/o a las instituciones competentes a la prohibición de caza en todo el término municipal y en toda circunstancia (excepto cuando fuera declarado como necesidad biológica y por un tiempo limitado).

A tener en cuenta:

 

:

Salvo que exista una necesidad real de que disminuya el número de individuos de una especie por razón de la desaparición de sus depredadores naturales u otras análogas, la caza no tiene sentido, presentando un riesgo de:

  • Esquilmación de ciertas especies animales.

  • Daños a personas y animales domésticos por impactos directos o indirectos de disparos.

  • Contaminación del suelo causada por el plomo de los perdigones.

  • Efectos antiestéticos de los puestos de caza.

  • Contaminación acústica por disparos.

Las especies potencialmente peligrosas para el ser humano o los animales domésticos tendrían que tener un tratamiento específico, pudiendo quedar fuera de las prohibiciones.

Ilustraciones:

Arriba: `puesto de caza en Jaizkibel, contiguo a un camino frecuentado por montañeros. (Agosto 2008).

Abajo: Ejemplo de puesto de caza con alto impacto estético, en Orendain.

   
 

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