Pablo Gorosabel

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Bosquejo de las antigüedades, gobierno, administración

y otras cosas notables de la villa de Tolosa

Pablo Gorosabel

CAPÍTULO XVI

DE LOS USOS, COSTUMBRES, FIESTAS

Y DIVERSIONES DE LOS TOLOSANOS

Toros en la "Plaza Nueva"

 

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Nada conduce seguramente a entender lo que ha sido y es un pueblo tanto como el conocer los usos, costumbres, fiestas y diversiones de sus habitantes; cuyo conjunto forma lo que puede llamarse la vida civil del mismo. Por esto los que han escrito acerca de la historia de Egipto se han detenido tanto en describir sus ritos religiosos, templos, procesiones, sepulcros, juicios de los muertos, corridas de toros, bailes, música y otros usos. Con igual objeto también los historiadores de la Grecia detallan sus juegos olímpicos, píticos y otros, sus funerales, liceos, fiestas religiosas, el interior de sus casas, sus comidas y la educación de su juventud. Ésta es igualmente la razón por que los que tratan de la de Roma hacen narraciones tan minuciosas de sus prácticas religiosas, sacrificios, juegos circenses, seculares y terentinos, bailes, baños, banquetes y otras diversiones.

Mi objeto, no obstante, no es de escribir aquí formalmente una historia del pueblo tolosano, ni en verdad pudiera hacerlo sin comprender la del país entero de que hace parte. Redúcese únicamente a trazar a mis paisanos un ligero bosquejo de las cosas mas notables que han acaecido en esta villa respecto de aquellos asuntos, cuyo conocimiento he considerado más interesante; y como tal es los objetos a que alude el epígrafe del presente Capítulo. Si esto acaso carece de importancia para los forasteros, no lo será sin duda; para los naturales, a lo menos para aquellos que sean amantes de saber; lo pasado, y sobre todo para cuantos en el porvenir tengan que intervenir en la gestión de los negocios municipales de este pueblo. Bajo este supuesto paso a exponer lo que he podido averiguar en estas dichas materias.

La religión de Jesucristo ha sido indudablemente el culto único que han profesado los tolosanos desde su introducción en estos reinos; y no hay noticia de que jamás baya penetrado entre ellos ninguna herejía ni otra secta. La práctica de los deberes religiosos prescritos por el cristianismo, y la solemnización de su culto, ha sido por consiguiente una ocupación continua de los habitantes de esta villa y la atención particular de sus autoridades municipales. Bien lo da a entender la

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hermosura de sus templos; la decencia de sus basílicas y ermitas; la multitud de fundaciones, aniversarios y memorias religiosas instituidas por sus vecinos; la solemnidad con que se celebran los actos de religión, la asistencia y compostura de estos habitantes en ellos. Igual respeto e intervención de la religión se advierte en todos los demás actos públicos de la municipalidad. Todas las fiestas y regocijos han principiado siempre y principian aun hoy en día con cánticos y actos de religión; y en las desgracias y calamidades públicas se ha implorado e implora ante toda la misericordia divina por medio de oraciones en el templo. Al principiar las facciones militares los naturales de esta villa han acostumbrado así bien implorar la asistencia y piedad divina; y por esto es que hallamos que al salir del pueblo a la frontera o a otros puntos, a que la necesidad de la defensa de la patria o el servicio del Rey les ha llamado, han solido ir en formación a la parroquia a rogar al Señor por su ventura. Los tolosanos han considerado también siempre conveniente y necesario rodear de respeto la autoridad de su Alcalde, y no han hallado otro medio más adecuado que el de darle la investidura de su cargo en la misma iglesia, donde presta el juramento del buen desempeño. Todo pues viene a demostrar la fe que han tenido y tienen estos naturales en la doctrina cristiana; lo que se confirmará todavía por medio de la exposición de las varias particularidades que se van a expresar a continuación.

Desde tiempos antiguos se encuentra introducida la costumbre de que al punto de las oraciones diese principio el pregonero a tocar la campanilla llamada de las ánimas en todas las esquinas de las calles rezando en alta voz el Bendito y alabado sea el Santísimo Sacramento del altar. Amonestaba al

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mismo tiempo a los fieles a que rezasen tres Padre nuestros con sus respectivas Ave Marias; el primero por las almas del purgatorio, el segundo por los que estuviesen en pecado mortal y agonía, el tercero por los caminantes y navegantes. Por este trabajo se le pagaban ocho ducados de los fondos de la fábrica de la iglesia parroquial de Santa Maria; pero cesó semejante estilo hacia el año de 1830 por los tristes recuerdos que causaba, sin perjuicio de continuarse satisfaciendo dicho salario.

Las funciones religiosas de la Semana Santa siempre se han celebrado y se celebran en esta villa con la solemnidad, respeto y devoción que corresponden a los altos misterios de la pasión y muerte del Salvador, a cuya conmemoración están dedicadas. Principian el Domingo de Ramos por la mañana por medio de la bendición de ellos y de las palmas en Santa Maria. Después de rezarse el rosario en la tarde del mismo día sale la procesión de dicha iglesia cantando la letanía, y da la vuelta por las calles del Correo y Mayor, presidida por el Alcalde. Acostumbran ir delante de la Virgen de los Dolores dos niños vestidos de nazarenos, de color morado. El día del Jueves Santo asiste a misa mayor a la expresada parroquia el Alcalde con la mitad de los concejales, pues el primer Teniente con la otra mitad va a Santa Clara. Cuando subsistía el convento de San Francisco los capitulares se repartían en las tres iglesias, yendo el Alcalde, como ahora, con algunos de ellos a Santa Maria, el Fiel con otros al citado convento, y el primer Regidor con los restantes a Santa Clara. No obstante, como en estos conventos se ha solido y suele concluirse la función antes que en la parroquia, los concejales que van allá se reúnen en ésta antes de la procesión con sus compañeros de corporación. Tanto el Alcalde en San-

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ta Maria, como el primer Teniente en Santa Clara, y lo mismo antes el Fiel en San Francisco, suelen recibir la llave del Sagrario del monumento, y además dicho Alcalde recibe la comunión durante la misa mayor a continuación del clero. A las tres y media de la tarde del mismo Jueves Santo principia en Santa Maria el sermón llamado del mandato, a que asiste el Ayuntamiento en forma ceremonial, y concluido suele haber procesión por las calles con los pasos, o sean grupos que representan la prisión de Jesús y la oración del huerto, y otros varios bultos que conmemoran la pasión del mismo. El día del Viernes Santo desde muy de mañana se ponen los respectivos capitulares en las puertas de las iglesias a recoger limosna para los pobres vergonzantes; después asisten a misa mayor, el Alcalde y Teniente dejan las llaves del Sagrario, y todos adoran la cruz en Santa Maria después del clero y .besan los corporales. A la tarde hay sermón a las tres, a que asiste todo el Ayuntamiento; concluido el cual, suele haber procesión por las calles con música marcial de aficionados del pueblo. No se lleva en esta procesión más que el sepulcro del Señor, precedido de siete angelitos y San Miguel, y detrás de aquel la virgen de los Dolores.

En la misma Semana Santa solia haber antiguamente penitencias públicas, las cuales consistían en andar en las procesiones del Jueves y Viernes; unos disfrazados con camisones y caras cubiertas; otros con las espaldas ensangrentadas con los azotes que les daban; otros arrastrando cadenas con las piernas; otros con barras gruesas, a las que ataban brazos y manos. Los tales penitentes, concluidas que fuesen las dichas procesiones, solian ir por los santuarios, cruces del Calvario de Uzturre y aun de Hernio, cada uno acompañado de otro que cuidaba de enjugar la sangre, estirar los brazos y auciliarle

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de otra manera semejante. Pero habiéndose prohibido tales prácticas en virtud de la Real cedula de 20 de Febrero de 1777, no se conocen desde entonces; y solo ha quedado la de que los que llevan el Cristo de la columna y el Jesús nazareno en la procesión del Jueves Santo y el sepulcro del Señor en la del Viernes de la misma semana vayan vestidos con túnicas negras y largas. La festividad religiosa del Corpus Cristi se celebra igualmente en esta villa con toda la posible solemnidad. El Ayuntamiento asiste en cuerpo a Santa Maria a la misa mayor, concluida la cual se hace la procesión por las calles presidida por el mismo. También concurría a ella la comunidad de religiosos del convento de San Francisco, cuando subsistía éste. Se ponen tres altares; el uno en la plaza vieja en la casa palacio de Idiaquez cuya colocación corresponde a los mayordomos de Izascun; el otro en la casa llamada Arteagaechea, numero 15 de la calle del Correo, que es de cargo de la cofradía de Vera Cruz; el tercero en la casa numero 14 de la calle Mayor, situada en la plaza de la Verdura, de cuyo adorno cuida el poseedor de la casa del Conde de Villafuertes. Antiguamente solian ir delante de esta procesión danzantes, gigantes, la Tarasca y el Dominguillo; pero por Real determinación de 10 de Junio de 1780 se prohibieron también tan ridículas figuras o mamarrachos, y quedó desterrado su uso. Según el acuerdo de 11 de Febrero de 1753, es cargo del Fiel, cuyas veces ejerce en el día el primer Teniente de Alcalde, y de los Regidores salientes llevar el palio en esta procesión y en todas las demás funciones de iglesia en que corresponda tomarlo. En la tarde de Jueves de la Octava del Corpus, después de vísperas. a que asiste el Ayuntamiento en cuerpo, suele

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haber también procesión por la calle; pero ésta se limita a dar la vuelta a la casa concejil de la Plaza vieja. Así bien el Domingo de la Octava del Corpus, día en que las monjas de Santa Clara acostumbran celebrar la función de este misterio, va el Ayuntamiento a dicho convento a misa mayor, después de la cual suele haber procesión por la parte exterior. Cuando existía el convento de frailes de San Francisco, se celebraba en su iglesia el citado primer Domingo después del Corpus la función de éste, y en Santa Clara en el segundo.

Según consta de las actas de 23 y 31 de Mayo de 1622, esta villa acostumbró desde los tiempos mas remotos celebrar con regocijos públicos la festividad de su patrono San Juan Bautista; y hasta época bastante reciente se hacían también por San Roque y Corpus Cristi. Las demostraciones principales de estas tres fiestas civiles consistían en músicas de tamboriles, bailes de plaza, fogatas en las calles, corridas de toros o novilladas, alardes de Tercios y otras acostumbradas en esta provincia. Además solía haber por Corpus danzas de espadas, y también se traían muchas veces bailarines aún de Valencia, para que fuesen bailando por delante de la procesión, los cuales no podían menos de costar mucho dinero por razón de su largo viaje, estancia y demás. En el día las fiestas de San Juan empiezan desde el día anterior por la tarde, en la que el Ayuntamiento va a vísperas a Santa Maria, y concluidas estas a la ermita de San Juan de Arramele a completas, acompañado del clero del cabildo eclesiástico. El día del mismo Santo por la mañana el Ayuntamiento va a la solemne misa mayor, que suele cantarse en dicha parroquia, a la que precede procesión por las calles con alarde de jóvenes armados que hacen descargas en los extremos del pueblo y junto a la iglesia al pasar la expresada procesión. A la tarde concurre

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así bien la corporación municipal a vísperas a la parroquia y a completas a la capilla de San Juan con acompañamiento de tamboriles y la música marcial de aficionados; y en seguida suele haber en la plaza novillada y baile del país, concluido el cual se va al prado de Iguerondo. A las noches suele haber bailes de sarao, danzas de tamboril en la plaza, fogatas y otras cosas análogas. Los dos días inmediatos se destinan principalmente a corridas de toros; en la noche del 25 suele haber fuegos artificiales y el 26 baile de sarao; en la de ambos bailes de plaza, fogatas y vaquillas.

Una de las particularidades que llaman la atención de los forasteros respecto de estas fiestas de San Juan es Sin duda la bordondanza o sea el baile de los bordones. Este al parecer tuvo principio en el año de 1321 o a luego de él en memoria y celebración de la batalla de Beotibar, de que he hablado antes. Así lo cree la opinión general de los habitantes de esta villa por tradición; y así también se expresa en la acta de 23 de Junio de 1764. En la de 16 de Octubre de 1713 acordó la villa que se hiciese en la tarde del día de San Juan; de lo que se infiere que antes se verificaba por la mañana, puesto que consta, al parecer de una manera inequívoca, introducida la costumbre de su celebración en el citado día desde bastante antigüedad. El orden en que debía marchar este baile se estableció en la expresada sesión de 1764. Se acordó en ella que desde la casa de los comisionados de las fiestas se fuese a la del Alcalde; desde ésta a la iglesia de Santa Maria; desde aquí a la basílica de San Juan de Arramele a cantar completas; concluidas éstas a la plaza; después que se acabase en esta la función de novillos y baile del país al bosque de Iguerondo y de vuelta a la casa del Alcalde. Al frente de esta danza llevaba antiguamente el pre-

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gonero un montante, según se dice en la acta de 21 de Septiembre de 1708. En la actualidad lleva una espada desenvainada con la punta para arriba, llena de rosas, claveles y otras flores, señal seguramente de la mencionada victoria, con la circunstancia de que agarra al puño con un pañuelo blanco que cubre la mano.

Este baile de bordones al frente de la corporación municipal y de sus muchos acompañantes antiguamente solia entrar dentro de la misma iglesia de Santa Maria. De las actas de 27 y 29 de Junio de 1717 resulta en efecto que habiendo impedido el Vicario dicha entrada en la tarde del día de San Juan del mismo año, se suscitaron con este motivo contestaciones entre el Ayuntamiento y el citado Párroco. A sus resultas se querelló aquél de éste en el tribunal eclesiástico de Pamplona; y seguida la causa, fue condenado con todas las costas el demandado, como se ve de las actas de 17 y 19 de Julio del siguiente año. De esta determinación del Diocesano apeló el Vicario a la Rota romana; pero parece que este negocio quedó en este estado por haber fallecido a poco tiempo. Prohibidos los bailes en las iglesias por Real orden de 20 de Febrero de 1771, que forma la ley 11, titulo 1º libro 1º de la Novisima Recopilación, cesó sin duda por esta causa la costumbre de entrar en la parroquia la bordondanza de que se ha hablado.

Costumbre inmemorial era también que el Alcalde ordinario, el de la Hermandad y los jurados hiciesen los regocijos y fiestas del patrono de la villa San Juan Bautista Y diesen de comer a los vecinos y demás que acudiesen, según se expresa en la acta de 4 de Mayo de 1570. Así que se dispuso en ella que, por cuanto en la mañana del citado día de San Juan debía celebrarse junta para la elección del Alcalde de la

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Hermandad, concurriese el mayor número posible de vecinos, para que se tomase la resolución conveniente sobre el aumento del precio e interés que se pagaba en la casa del AlcaIde y jurados. Este estilo continuaba todavía en 1615, pues al paso que en la sesión de 29 de Mayo se indica que se acostumbraba que los dos jurados, o sea alguaciles, diesen de almorzar, comer y cenar a los asistentes al acompañamiento en los días 25 y 26 de Junio de cada año, esto es, segundo y tercero de las funciones de San Juan, se les eximió de semejante gravamen para en adelante. Se acordó pues en ella que los jurados sólo tuviesen la obligación de traer a su costa la música de atabal y tamboril y los palos acostumbrados para las danzas, sustentando a los que se ocupasen en éstas, según lo habían hecho hasta entonces; a cuyo efecto saliese la danza de las casas de los mismos jurados alternativamente en los dos días.

Por acuerdo del Ayuntamiento de 15 de Octubre de 1713 y auto del Corregidor de la provincia inserto en el de 16 del mismo se prohibieron los gastos de comidas y cenas que se ofrecían a los Alcaldes y mayordomos en las fiestas de los patronos y cofradías. En acta de 25 de Abril de 1742 se decretó también que en adelante el estipendio del sermón de San Juan y los bordones y banderillas para la bordondanza se costeasen de los fondos de la villa, en lugar de hacerlo los Alcaldes, como hasta entonces. Igualmente en la acta de 23 de Junio de 1764 se habla de un auto del Corregidor de la provincia de 27 de Diciembre de 1763 aprobando un acuerdo que hizo la villa en 23 del mismo mes prohibiendo que los Alcaldes de ella conviden a comer y cenar el día de San Juan a capitular alguno, vecino ni morador de la misma pena de 100 ducados, y el que estos asistiesen bajo

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igual pena. Finalmente por otro acuerdo de 21 de Marzo de 1797 se suprimió el refresco que en la tarde del día de San Juan acostumbraban dar los Alcaldes, a quienes se eximió también de los demás gastos que solian costear en las fiestas de estos días.

También se acostumbraba desde tiempos antiguos que el Alcalde diese el almuerzo el día de la pascua de la Resurrección a los alguaciles, tamborileros, monaguillos y al religioso que predicaba los sermones de la cuaresma; pero se abolió esta costumbre por decreto del Ayuntamiento de 21 de Marzo de 1797, a excepción de la comida del predicador, que se conservó. De la misma manera se estilaba que el Alcalde, Fiel y Regidor mayor tuviesen en las tardes del Miércoles y Jueves de la Semana Santa abiertas sus casas para recibir a todas las personas que quisiesen asistir a ellas a hacer colación; cuya costumbre se suprimió igualmente por acuerdos de 20 de Mayo de 1746 y 13 de Febrero de 1787.

Era asimismo costumbre inmemorial que el Alcalde y Fiel, acompañados de los vecinos concejantes, saliesen a bailar a la plaza en las tardes del Domingo y Martes de Carnaval, y que en seguida diesen a su propia costa a todos los concurrentes al baile un refresco de aguas compuestas, vinos generosos, bizcochos y chocolate. Tal costumbre quedó abolida por determinación del Ayuntamiento de 1º de Septiembre de 1764, ya por excusar dicho gasto, ya también por que la tal danza ocupaba toda la tarde, y no había lugar para otros festejos. De la misma suerte se estilaba que los franceses habitantes de esta villa sacasen baile en la plaza el Martes de Carnaval, después de lo cual se les servia de beber vino, como se descubre de la acta de 21 de Julio de 1765 y 14 de Mayo de 1773 Créese que este baile de los

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franceses se reputaba como un acto de posesión de la vecindad, y por consiguiente como un título al goce de los derechos adherentes a la misma; y así es que estaban obligados a poner substitutos los que estuviesen ausentes o impedidos de bailar. Perdían sin duda en otro caso como extranjeros, la facultad de morar en esta villa, y de ejercer sus oficios o industrias; tales eran las ideas y prevenciones con que eran mirados en aquella época. Así es que vemos que en la acta de 14 de Marzo de 1619 se expresa que por repetidos acuerdos estaba mandado que ningún portugués permaneciese en esta villa con sus mercaderías sino es tan solamente dos noches y un día; y como a la sazón había algunos que estaban más tiempo, se les mandó saliesen de ella, notificándoseles esta providencia por medio del secretario.

Había también en lo antiguo la costumbre de que a las tres de la tarde de todos los Viernes del año, a excepción de la cuaresma, se sacase a correr por las calles con maroma el buey que se iba a matar para la provisión pública. Semejante estilo, que en cierta manera obligaba a suspender los trabajos y hacer fiestas las expresadas tardes, con notable perjuicio de las familias, desapareció hacia fines del siglo último. Continuó, no obstante, el de sacar buey por las calles con maroma en las tardes de los Domingos; pero también ha cesado desde hace bastantes años por los inconvenientes que había, particularmente en una población de tanto tránsito. El uso que inalterablemente se observa es el que en todos los días festivos del año, menos en tiempo de cuaresma, entre ocho y media y nueve de la mañana salga el tamboril por las calles tocando un zorcico. Se conserva igualmente el de que en las tardes de los mismos días festivos vaya el tamboril al prado de Iguerondo, donde bailan los jóvenes y demás

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que gusten, regresando a la oración al pueblo al son del mismo instrumento. En las tardes lluviosas del invierno se toca éste y se baila debajo de los arcos de la plaza de la Verdura.

Además de las funciones que se celebraban en esta villa por San Juan, San Roque y Corpus, las había también por Carnaval. Consistían estas principalmente en bailes de la plaza a la usanza del país, ya; por los capitulares y particulares del pueblo, según queda indicado, ya también en seguida indistintamente por todos los que quisieren bailar., Pero especialmente solían hacerlo los disfrazados o enmascarados, cuyo estilo antiquísimo e inmemorial ha sido tolerado por la autoridad, sin perjuicio de celar para que no hagan excesos, ni se cometan desórdenes a su pretexto. En el día va perdiéndose notablemente el uso de disfrazarse; y las diversiones de estos días apenas pasan de correr novillos, música y baile de sarao por la noche, a excepción de algún año que otro en que se hacen comparsas.

Las cofradías de San Anton, San Crispin y Santa Barbara también suelen celebrar con fiestas estos días de sus patronos. Empiezan de víspera, reuniéndose los respectivos hermanos, a saber, en cuanto a las dos primeras en la casa del mayordomo de la hermandad y con respecto a la de Santa Barbara en la Armería, desde donde se va con tamboril a vísperas a la iglesia de Santa Maria, y en seguida de concluidas estas se sacaba antes un buey con maroma por las calles, lo cual ya no tiene lugar. Los días de los patronos se canta una misa solemne con sermón, y había anteriormente bailes del país por las calles, continuando estos festejos en los dos inmediatos. Pero en el día las fiestas de las hermandades están cuasi reducidas a las funciones de iglesia y a hacer alguna comida o merienda los hermanos que al efecto se reúnen, a excepción

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de algún año que otro en que se suele sacar buey en la plaza o hay alguna comparsa o bailes del país. Antiguamente solía acompañar el Alcalde a los hermanos desde la casa del mayordomo o de la Armería a la parroquia, y de vuelta de ésta a aquélla; pero desde hace mucho cesó esta costumbre, y sólo va de acompañante el Vicario.

Antiguamente solía haber en esta villa tres mercados semanales, los Martes, Jueves y Sábados, según las indicaciones que se hacen en la acta de 1º de Abril de 1747. Esta costumbre duraba aún en el año de 1788, puesto que en sesión de 11 de Enero del mismo se acordó formar un libro donde se llevase la razón del precio de granos de los mercados de los citados días. Había también en lo antiguo feria de ganado mayor cada quince días, pues que en 9 de Octubre de 1765 se acordó por el Ayuntamiento renovar esta costumbre, denominándola antigua, y señalando para ella las antepuertas de los conventos de San Francisco y Santa Clara. En 8 de Octubre de 1782 se determinó que hubiese solamente seis ferias de ganado cada año, y se señalaron para el efecto los Jueves anteriores a la Natividad del Señor, Purificación de nuestra Señora, Domingo de Ramos, San AntoDio de Padua, Asunción de nuestra Señora y San Francisco de Asis, principiando a las ocho de la mañana y concluyendo dos horas antes de anochecer. Pero en 4 de Junio de 1788 se dispuso que se celebrasen el primer Lunes de cada mes, y es como se observa en la actualidad. En 11 de Septiembre del mismo año se acordó pedir Real facultad para celebrar en esta villa añalmente una feria franca, principiando el 20 de Junio y concluyendo el 4 de Julio siguiente; pero no se consiguió este intento.

Otro de los estilos de esta villa es la queda o toque de

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campana de noche anunciando la hora para el retiro de las gentes. Procede de un acuerdo del Ayuntamiento de 17 de Agosto de 1667, en el que se dispuso que a fin de que hubiese paz en el pueblo, y se evitasen los inconvenientes que resultaban de andar la gente de noche en las calles, se tocasen perpetuamente en la iglesia parroquial 20 a 30 campanadas continuadas, a las 9 de la noche desde San Miguel hasta la pascua de Resurrección y en el resto del año a las 10. Consiguientemente se prohibió andar por las calles después de la queda, sea con armas o sin ellas, pena de perdimiento de éstas, dos días de cárcel y dos ducados de multa. En el día subsiste la costumbre de la queda, la cual se toca a las 8 de la noche desde el 14 de Septiembre hasta el 3 de Mayo y a las 9 en lo restante del año, sin que por eso sea castigado el que anduviere en las calles después de estas horas, mientras no de otro motivo que le haga acreedor. Por la misma razón sin duda, esto es, a fin de que hubiese paz y quietud en el pueblo, y para mayor seguridad de sus habitantes, se acostumbraba cerrar los portales a luego de obscuro anunciándolo el pregonero con tambor por las calles, según se deduce de las actas de 12 de Agosto de 1677 y 28 de Sep tiembre de 1679.

Hubo también en lo antiguo el estilo de que el Vicario de la parroquia de Santa Maria, después de administrar el sacramento del bautismo, acompañase a los padrinos en la calle con sobrepelliz puesto hasta la casa de la criatura bautizada. En efecto en sesión de 16 de Junio de 1796 se acordó oficiar al Vicario para que observase esta costumbre, cuya anterior existencia y no cumplimiento se deducen. Contestó el Vicario en 12 de Agosto oponiéndose a renovarla, y en 15 del mismo mes y año comunicó al Ayuntamiento un oficio del tribunal

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eclesiástico de Pamplona de 28 de Julio anterior mandando que no se volviese a introducir semejante estilo, como en efecto no se ha introducido desde entonces. Es también digno de notarse respecto de bautizos un acuerdo hecho en acta de 27 de Noviembre de 1572. Se dispuso en efecto en él que ningún vecino de esta villa saliese fuera a ser compadre ni comadre, si no fuere a hermanos o hijos de hermanos; y que se pidiese al Rey la confirmación de este estatuto, que seguramente no se verificó.

Los entierros y honras de los difuntos se han solido hacer en esta villa desde la antigüedad con la solemnidad conveniente y concurrencia de los amigos, interesados y demás personas que han querido manifestar su sentimiento. Reúnese el acompañamiento en la casa mortuoria, desde la que pasa a la iglesia detrás del cadáver; y concluida en ella la función fúnebre, va hasta las puertas de la misma casa del difunto, donde se disuelve después de rezar un responso. En sesión de 26 de Febrero de 1681 se prohibió el que en adelante hubiese sermones en estos actos, y que de esta disposición se pidiese la confirmación del Obispo; lo que hace .ver que hasta entonces existía el estilo de que los hubiese. No consta si el Obispo aprobó o no la providencia; pero ello es que quedó desterrada dicha costumbre.

Se ha acostumbrado igualmente en esta villa celebrar con toda la solemnidad posible las honras y exequias de las personas Reales. A este efecto se colocaba en la iglesia de Santa Maria un monumento o tumba cubierta de paño negro con los correspondientes adornos y se invitaba a la función no sólo al vecindario sino también a los Alcaldes, vecinos y Curas de los 24 lugares de la jurisdición. En estas ocasiones han solido traer luto los capitulares y vecinos concejantes, cada

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cual conforme a su calidad, y se han acordado suspender al mismo tiempo todos los bailes y festejos públicos. Los gastos que han causado estos motivos no han sido cortos a veces.

Los arriendos de fincas, así rústicas como urbanas, suelen hacerse en esta villa por lo regular por años de San Martin a San Martin. En tales casos debe darse la mutua despedida por el propietario o por el inquilino, a saber, respecto de las fincas rústicas con la anticipación de un año y un día, y en cuanto a las urbanas para el día de San Juan 24 de Junio. No haciéndose así por ellos. se entiende tácitamente renovado el arriendo por otro año más bajo la misma renta y condiciones con que se hubiese celebrado primitivamente el contrato; y se seguirá en esta forma hasta que se despidan en los términos indicados. Las traslaciones de los inquilinos, tanto de las caserías como de casas de calle, se verifican por consiguiente dicho día de San Martin; pero es costumbre que el nuevo colono de aquéllas, y lo mismo si es de tierra sueltas, ocupe las que hayan estado con trigo y maíz después de la recolección de estas cosechas, para labrarlas y sembrar en ellas nabo y trigo en sus respectivas épocas. Para que esto tenga lugar el arrendatario entrante disfruta los abonos de helecho, hojarasca y hierbas pertenecientes a la casería, dentro de la cual debe dejársele sitio para su colocación y reducción a estiércol, sin que se le ponga en ello estorbo alguno. En esto el saliente no tiene perjuicio, puesto que el mismo ha de gozar de iguales derechos en la casería a donde tenga que ir; y así semejante costumbre es de mucha conveniencia recíproca. No han dejado de notarse algunos inconvenientes acerca de dicha legislación consuetudinaria de esta villa respecto del término anticipado de despedidas de las casas urbanas mediante el cambio que han experimen-

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tado las circunstancias, costumbres y necesidades de sus habitantes. Así es que en sesión de 24 de Octubre de 1817 señaló el Ayuntamiento el término anticipado de 90 días para que fuesen válidas las despedidas de las casas urbanas, declarando al mismo tiempo por casas intramurales las de los barrios de Belate y Santa Clara, cuya resolución se publicó por bando. No obstante, después se ha seguido la costumbre antigua.,

La casualidad de haber celebrado la provincia de Guipuzcoa en el año de 1622 en esta villa de Tolosa la canonización de su hijo y patrono San Ignacio de Loyola, me mueve a poner aquí una reseña de las fiestas y regocijos que se hicieron con este motivo, según una relación antigua que tengo a la vista. El día 9 de Abril del citado año, hallándose reunida en esta villa la Junta general de la provincia, entró en ella el padre Alonso Rodriguez, de la Compañia de Jesus, a dar la enhorabuena por el feliz suceso de la canonización de dicho Santo, excitando de paso el celo de los Procuradores para que le hiciesen la demostración correspondiente a una madre agradecida. Consiguientemente acordó la Junta se hiciesen en esta villa en los días 24, 25 y 26 del mismo mes con la mayor solemnidad posible las fiestas y regocijos, cuyo programa fue el siguiente. Que el día 23 por la tarde hubiese vísperas solemnes con música, ministriles y trompetas; y a la noche iluminación, hogueras, danzas y bailes al uso de la tierra, invenciones de fuego, cohetes y ruedas, arcabucería y mosquetería que se disparase por los torreones de la villa, y se repicasen las campanas. Que el 24 hubiese procesión solemne por las calles con asistencia de los Junteros con velas de cera blanca encendidas, y delante de la imagen del Santo fuesen 24 hombres principales de la villa

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con hachas; que los clérigos de esta villa y religiosos de San Francisco llevasen igualmente velas; que se pusiesen los tres altares acostumbrados por Corpus y se colgasen y adornasen las ventanas de las casas de las calles por donde debía pasar la procesión; que la villa arreglase para esta las danzas de espadas; que cuatro sacerdotes del cabildo llevasen en hombros la imagen de San Ignacio con palio que debían sustentar los capitulares de esta villa; que para la música de estas fiestas se trajese el corneta de Pamplona y el bajón de San Sebastian acudiese con los demás músicos para formar una buena capilla; que se procurasen villancicos en alabanza del Santo y se cantasen en la iglesia y en la procesión, haciendo paradas en los altares. Que hubiese sermones en los tres días de las fiestas, iluminación, danzas, ingenios de fuego, máscaras y otras invenciones que se podían con carros triunfales; que se jugasen y corriesen 12 toros libremente por las calles y también en coso cerrado; que hubiese premios para los que en alabanza del Santo hiciesen letras, sonetos, versos, jeroglíficos y coplas en griego, latín, español y vascuence; que se hiciese una sortija en uno de los días y encamisadas por las noches; que se hiciese un guión para la procesión, el cual por un lado llevase la imagen de San Ignacio y por el otro las armas de la provincia; que en cada villa donde se celebran Juntas generales se ponga en las salas un retrato de San Ignacio, y en las iglesias parroquiales de todas la villas y lugares de esta provincia se hagan altares del Santo como patrono único de la misma. Con toda esta solemnidad y aparato se celebraron estas fiestas con mucho contento, sosiego y regocijo; cuyos gastos ascendieron a 4850 ducados, los cuales se pagaron por mitad entre la provincia y esta villa. De la acta de 15 de Abril del mismo año resulta que la villa

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había tomado a préstamo para estos gastos 300 ducados y se acordó buscar otros 1000 ducados, y de la del día 16 aparece que se ofició a los Alcaldes y Rectores de las parroquias de los lugares de la jurisdicción para que concurriesen a solemnizar la procesión general dispuesta para el día 24.

A pesar de tanta fiesta y gasto se encuentra que en 23 de Mayo del mismo año 1622 se tomaron por la villa disposiciones para hacer, según costumbre, danzas de espadas y otros regocijos en la festividad del Corpus Cristi; y en la misma sesión se acordó comprar 10 toros y hacer otros preparativos para San Juan. No se acabaron con tanto las funciones de este dicho año. De la acta de 11 de Julio del mismo resulta efectivamente que en honor y reverencia de la buena nueva que había habido de que el Papa había declarado por artículo de fe la inmaculada concepción de la Virgen nuestra Señora, se dispusieron tres días de regocijos públicos con procesión general, función solemne de iglesia con sermón, danzas, iluminaciones y hogueras por las noches, corridas de toros, máscaras y otras cosas. La villa estaba tan alcanzada para sobrellevar estos gastos que se abrió una suscrición entre los vecinos para reunir fondos; y de aquí se puede formar una idea de las costumbres de los tolosanos de aquel tiempo. Los gastos consiguientes a esta continuada celebración de diversiones públicas no pudieron menos de disminuir la inmensa propiedad de fincas que tenía la villa, o a lo menos de gravarla con considerables censos sacados al efecto; censos cuyo fatal legado ha subsistido hasta estos últimos tiempos, dificultando la ejecución de varias mejoras del pueblo. Dios quiera que la generación presente no imite en esta parte a las anteriores, y que en lugar de gravar el patrimonio de la villa con tales censos vaya reduciendo los gastos improductivos,

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para invertir los fondos disponibles en obras de verdadera utilidad pública, que al paso mejoren el pueblo sirvan para dar ocupación y ganancia a los artesanos.

 

 

 


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