Lurralde :inv. espac. N. 18 (1995) p. 85-111 ISSN 1697-3070

EUSKADI, NAVARRA Y LA RIOJA

EN LA REORDENAClÓN PROVINCIAL DEL ESTADO (1800-1850)

Recibido: 1994-02-27

Jesús BURGUEÑO

Universitat de Lleida

Departament de Geografia i Sociología

P/ Víctor Siurana, 1

25003 LLEIDA

RESUMEN: Euskadi, Navarra y La Rioja en la reordenación provincial del Estado (1800-1850)

En la primera mitad del siglo XIX (transición del antiguo régimen al liberalismo) hubo numerosos ensayos de reforma de la división provincial española; antes y después de la que decretó Javier de Burgos en 1833. Aunque finalmente las provincias vascas y Navarra no sufrieron ninguna modificación en su perímetro, todos sus límites fueron cuestionados de un modo u otro. De otra parte, el intento de unificar los tres territorios históricos en una sola provincia chocó con los intereses particulares de cada una de ellas. También fue entonces cuando se configuró el territorio de la actual comunidad de La Rioja.

Palabras clave: provincia, partido judicial, siglo XIX, País Vasco, Navarra, La Rioja

SUMMARY: The Basque Country, Navarra and La Rioja in the provincial reorganization of Spain (1800-1850)

In the first decades of 19th century (transition from absolutism to liberalism in Spain) there were several attempts to reform the old provincial division, before and after Javier de Burgos' decret of 1833. Although finally the basque provinces and Navarra had not changes in their perimeter, all their frontiers were on discussion. In other way, the essay to unify the three historical provinces was stopped by the own interest of each one. The present community of La Rioja was designed at this time too.

Key words: province, judicial district, XIX century, Basque Country, Navarra, La Rioja

0 INTRODUCCION

En 1756 Manuel de Larramendi manifestaba irritado:

"Es inaguantable la soberbia del común de los castellanos y demás españoles, cuando en lo hablado y en lo escrito entienden a todos los vascongados con el nombre de "vizcaínos", dando a todas tres provincias el nombre propio y peculiar del Señorío de Vizcaya; [...] ,no son más distintas Castilla, Aragón y Navarra que lo son Vizcaya, Guipúzcoa y Alava en sus límites, en sus fueros, en su gobierno y aún en su lenguaje"1,

Efectivamente, al discutirse la unidad política de Euskadi con ocasión de la reforma de la división provincial española, en la primera mitad del siglo XIX, pudo comprobarse la vitalidad de los provincialismos vascos. Paradójicamente las propuestas de integración surgieron en esta época desde el poder central, y fueron los representantes vascos (parlamentarios, diputaciones y ayuntamientos) quienes, en última instancia, y con mayor o menor ahínco, acabaron rechazando la unión administrativa y anteponiendo a ella su propia tradición provincial. No obstante, tampoco faltaron entonces manifestaciones claras de un vasquismo que aspiraba a superar la fragmentación política de Euskal Herria.

Todo ello hace que la polémica en torno a la división provincial de Euskadi presente unas particularidades especialmente sugerentes. Así como en Cataluña, Galicia o Aragón la homogeneización provincial significó el cuarteamiento de su unidad política, para Álava, Vizcaya y Guipúzcoa pudo comportar su unificación. Obviamente, los paralelismos con la situación actual no son lícitos, por cuanto en aquel entonces se trataba de adoptar una fórmula de administración centralizada muy alejada del reparto territorial del poder existente en el País Vasco autonómico. Navarra quedó prácticamente al margen de la polémica sobre la unificación vasca, La actual Comunidad Foral presenta idéntica configuración territorial que en el siglo XVI, no sólo en sus límites externos sino también en su división interior en merindades. Con todo, en el período que estudiamos también la organización territorial navarra estuvo sujeta a revisión, especialmente en lo que se refiere a la atribución de la desembocadura del Bidasoa y de las poblaciones del sur del Ebro.

Finalmente, la formación de la provincia de La Rioja fue una de las principales novedades de la división de 1822, siendo un magnífico ejemplo de cómo el proceso de reordenación territorial suscitado en el cambio de régimen no surgió simplemente como una imposición gubernamental, sino también como respuesta a unas demandas formuladas desde la base social del país2, La configuración territorial de La Rioja entró en claro conflicto con el ámbito histórico de Álava y Navarra.

 

1. LAS REFORMAS EN EL REINADO DE CARLOS IV

En el reinado de Carlos IV se llevaron a cabo diversas reformas en la división territorial del Estado. Entre ellas cabe destacar la creación -entre otrasde la provincia de Santander (1799), la reforma de los límites de las provincias castellanas y la apertura de Navarra al mar.

1.1. Una salida de Navarra al mar

Posiblemente la reforma territorial del primer quinquenio del siglo XIX con una mayor trascendencia y significación, pese a la reducida extensión del área afectada, fuese la incorporación Hondarribia, Irun y Lezo a Navarra. Al llevarla a cabo se alteraba la delimitación de los territorios forales, poniendo de relieve la potestad real para intervenir sobre esta materia en todo el Estado.

Todo indica que el principal impulsor de esta operación fue el secretario de Estado y hombre de paja de Godoy, Pedro de Ceballos, quien a tal efecto comisionó al marino y polígrafo José de Vargas y Ponze. Desde 1800 Vargas investigaba acerca de la provincia de Guipúzcoa y de sus instituciones, al tiempo que desempeñaba otros cometidos más reservados como agente del Gobierno.

Era previsible que la segregación suscitara la firme oposición de las Juntas de Guipúzcoa, por lo que se tuvo que preparar con el mayor sigilo. De hecho los primeros interesados en el secreto de la operación eran los alcaldes y comisionados de Hondarribia, que temían incluso por su seguridad personal3. La ciudad era favorable a la unión con Navarra, pues con ella confiaba en la revitalización de su puerto4.

Las razones en pro de la ampliación del territorio navarro a lo largo de la desembocadura del Bidasoa eran de diversa índole, si bien el argumento decisivo era de orden fiscal, tal y como queda perfectamente de manifiesto en el contundente y maquiavélico informe reservado de Vargas:

"Aparentando, pues, que sólo se mira a restablecer aquella ciudad con su unión a Navarra, que tantas veces ha pedido, ya facilitar las exportaciones del interior concediendo un puerto a Navarra, que tantas veces lo ha solicitado, no sólo se logra todo esto cumplidamente, sino todo lo demás de mayor monta todavía, y sin tener que especificarlo, pues es una conseqüencia natural y necesaria; esto es: simplificar el sistema militar y de defensa de los Pirineos occidentales, separar de la frontera a quien no conviene que lo sea y entregarla a quien conviene, oponer un robustísimo dique al contrabando de la plata y, sin anular un privilegio qual el de la Alcaldía de Sacas [...] cortar todos sus principales abusos"5.

La institución foral guipuzcoana de la Alcaldía de Sacas, con sede en Irún, confiaba el control del comercio fronterizo a un particular, designado por sorteo. Este lucrativo empleo facilitaba considerablemente el contrabando y el fraude6. Por ello, la anexión propuesta era una forma artera de instalar las aduanas reales en toda la frontera; se impulsaría así la unidad fiscal del Estado sin necesidad de derogar explícitamente el privilegio de Guipúzcoa, ya que formalmente se respetaba:

"su Alcaldía de Sacas tal qual la tiene para lo que queda provincia suya, con lo que no puede reclamar, mal que le pese, de la providencia. y con retirarla sólo de donde está, por una conseqüencia indefectible de la nueba división, se le cortan las alas a sus abusos, y no podrá ser el instrumento o escusa de tan enormes fraudes. [...] le quedan todas sus exenciones, sus llamados Fueros y prerrogativas, en lo que hay tanto que disimular."

Además, en opinión de Vargas, las autoridades guipuzcoanas no ofrecían suficientes garantías de fidelidad al Estado como para controlar un punto de tanto valor estratégico como la desembocadura del Bidasoa:

"Guipúzcoa mira a la potencia vecina con más apego de lo que conviene para fronterizos. [...] Todo lo contrario Navarra [...] que mira al francés como a su enemigo natural [...] que estima como usurpados pingües y grandes territorios (toda la Navarra francesa) a causa del poderío de esta vecina"7.

La salida de Navarra al mar aseguraba también la uniformidad de las disposiciones políticas, militares, fiscales y económicas a lo largo de toda la frontera. Igualmente se pretendía fomentar la navegabilidad del Bidasoa, lo que a su vez debía contribuir al desarrollo de las herrerías del Baztan. Utópicamente se preveía, además, la comunicación del Cantábrico y el Mediterráneo mediante la construcción de canales hacia Pamplona.

La orden de segregación se expidió el 26 de septiembre de 1805, quedando a cargo de su ejecución el virrey de Navarra, Gerónimo Girón, marqués de las Amarillas. Tras el paréntesis de la Guerra de Independencia, la Diputación de Guipúzcoa y el Ayuntamiento de Irun8 consiguieron que Fernando VII revocase la anexión el 18 de agosto de 1814.

1.2. Hacia la concreción política de un espacio percibido: La Rioja

La Rioja fue mucho antes la denominación popular de un conjunto regional (natural, socioeconómico, cultural...) que una entidad administrativa. El cartógrafo Tomás López, al hacer un mapa de estas tierras en 1769, dio fuerza icónica y definición a una realidad humana carente de cualquier apoyatura legal. En el siglo XVIII la actual comunidad autónoma se hallaba repartida entre las provincias de Burgos y Soria, divididas por una línea sumamente sinuosa e irregular (mapa 1 )9. La reforma territorial de las provincias castellanas promovida por el Consejo de Hacienda regularizó drásticamente esta delimitación en 1801, ampliando el territorio perteneciente a Soria hasta el oeste de Logroño10. Al mismo tiempo, Logroño pasaba a ser cabeza de uno de los dos partidos de Hacienda de la provincia soriana, lo que constituía un primer esbozo administrativo de La Rioja.

La dependencia riojana de Soria era difícil de sostener. El mayor dinamismo económico se hallaba en las tierras del Ebro. Logroño alcanzaba, según Miñano, los 8.210 habitantes, superando con creces la población de la ciudad del Duero (5.413). Además, los viticultores riojanos constituían, ya entonces, un grupo social dinámico e influyente, cohesionado en torno a la Real Sociedad Económica Riojana, organismo creado para la defensa de sus intereses económicos, a menudo olvidados por las autoridades burgalesas o sorianas. Como ha demostrado Felipe ABAD (1980), la Sociedad Económica estaba comprometida con la reivindicación de autonomía política para la región. A esta entidad pertenecía Juan Antonio Llorente, natural de Rincón de Soto, quien en 1805 presentó una Disertación geográfica para demostrar qual deva ser la extensión de la Rioja, en la que anotaba cuidadosamente los pueblos que echaba en falta en el mapa de López y que también consideraba riojanos. El canónigo de Calahorra presentaba La Rioja como una región natural, dando especial importancia a las cuencas hidrográficas en su delimitación:

"Entre estos cuatro límites [...] está el nacimiento, curso y fin de los siete ríos, cuyos orígenes y formación distinguirán eternamente La Rioja de todas las otras provincias españolas, sin que apenas quepa en la geografía otra mejor ni más claramente demarcada"11.

2. LOS PROYECTOS DE LANZ (1810) Y BAUZA (1813)

La primera reordenación global de la división provincial peninsular la puso en práctica el gobierno intruso de José I mediante un decreto, con fecha 17 de abril de 1810, por el que se dividía la Península en 38 prefecturas. El verdadero autor del mismo era el matemático José María de Lanz y de Zaldívar, cuya familia era originaria del norte de Navarra (concretamente de Bera y Lantz)12. Lanz había cursado sus primeros estudios en el Real Seminario de Bergara, antes de ingresar como guardia marina en Cádiz.

El afrancesado no sólo mantenía la anexión de Irún a Navarra, sino que la ampliaba hasta el curso del río Oria, incluyendo, por tanto, Donostia en el departamento del Bidasoa (nombre que daba a lo que finalmente se designó como prefectura de Pamplona). Este plan abría además un nuevo frente en el debate en torno a la delimitación navarra, al segregar Tudela y demás pueblos situados al sur del Ebro para las prefecturas de Burgos y Zaragoza (la división entre estas dos la situaba en el río Alhama). La mayor parte de La Rioja se unía a la prefectura de Burgos; únicamente Alfaro quedaba en la prefectura zaragozana y una franja suroriental (de Lumbreras a Cervera pasando por Munilla) permanecía en el Duero Alto (Soria)13.

Lanz también fue el primero en proponer la unión de las tres provincias vascas en una sola (llamada Cabo Matxitxako), con capital en Vitoria (aunque en el plan inicial la capital se fijaba en Bilbao). Los límites de este departamento quedaban definidos en buena parte por cursos fluviales: Jerea, Ebro y Oria. El valle de Carranza se agregaba a la prefectura de Santander. Las subprefecturas previstas se situaban en: Olite, Donostia (éstas en La prefectura de Pamplona), Bilbao, Azkoitia (en Vitoria), Logroño y Calahorra (en Burgos).

Si bien la división josefina no tuvo implantación efectiva en nuestra área de estudio, su huella es perceptible en propuestas posteriores, como la del marino mallorquín Felip Bauza.

La Constitución aprobada en Cádiz preveía la realización de una "división más conveniente del territorio español" (art.11 ). Provisionalmente se tuvo que definir dónde habría diputación y jefe político, para ello la comisión de Constitución propuso agrupar diversas provincias, entre ellas los tres territorios históricos, así como unir Palencia y Soria a Burgos14. Entre los diputados que se manifestaron contrarios al proyecto (y consiguieron su retirada) cabe mencionar al diputado alavés Manuel Arostegui y al guipuzcoano Miguel A. Zumalacárregui.

El año siguiente se iniciaron los trabajos encaminados a dar cumplimiento al precepto constitucional; la Regencia encomendó a Felipe Bauzá el estudio de una nueva división provincial. En su propuesta, el comisionado adoptaba un esquema menos radical: conservaba los tres territorios históricos como gobernaciones subalternas de una gobernación superior, denominada Provincias Vascongadas. El marino dudaba al escoger la capital común entre Vitoria y Orduña15; esta sorprendente alternativa tal vez pueda explicarse por la buena comunicación del enclave vizcaíno con la Corte, así como por su equidistancia a las dos principales ciudades vascas, Bilbao y Vitoria. Por lo que respecta a los límites, las únicas variaciones en relación a la demarcación tradicional se limitaban a la segregación del valle vizcaíno de Carranza para Santander ya la incorporación a Álava del Condado de Treviño y poblaciones de la margen izquierda del Ebro. Tampoco este proyecto tuvo implantación práctica, esta vez a causa de la involución política suscitada al regreso de Fernando VII.

3. LA DIVISIÓN PROVINCIAL DE CORTES (1822)

Reanudado el régimen constitucional en la primavera de 1820, el Gobierno volvió a confiar a Bauza el estudio de una profunda reforma de la división provincial; pero en esta ocasión el marino trabajó en unión de un ingeniero de canales, José Agustín de Larramendi. Poco se sabe del origen de quien sería el personaje clave en la gestación de la actual división provincial española, pero a las evidentes resonancias éuscaras de su apellido hay que añadir el hecho de haber sido diputado por Guipúzcoa entre 1837 y 1839. Su obra como ingeniero ha sido estudiada por RUMEU DE ARMAS (1980) y SÁENZ RIDRUEJO (1990).

Bauza y Larramendi elaboraron su proyecto de división en 48 provincias con mucho más tiempo y documentación que lo había hecho el primero en 1813. En este plan se volvía a proponer la reunión de los territorios históricos, al tiempo que -como gran novedad en nuestra área de estudio se dibujaba una gran provincia riojana (mapa 2). Entre abril y junio de 1821, una comisión de Cortes presidida por el historiador Diego Clemencín estudió la propuesta gubernamental, consultando su parecer a los diputados de todas las provincias. De resultas de estas consultas se decidió mantener la provincia de Vizcaya (mapa 3). El proyecto se debatió en Cortes en la legislatura extraordinaria desarrollada en otoño de ese mismo año. Finalmente se decidió mantener independientes los tres territorios históricos, figurando de esta manera en el decreto de división provincial aprobado por las Cortes el 27 de enero de 1822 (mapa 4).

3.1. La creación de la gran Rioja

Las Cortes reunidas en Cádiz tuvieron diversos testimonios del provincialismo riojano; entre éstos hay que destacar el Discurso sobre la necesidad, validez y ventajas que resultarían a La Rioja y al Estado en su erección a provincia política de la Monarquía e independiente de las demás, escrito por Antonio N. Fernández de Navarrete, activo miembro de la Real Sociedad Económica16. Esta obra es la única que Bauza y Larramendi mencionan como apoyo bibliográfico en la justificación de su proyecto de división territorial, y sin duda determinó el diseño final de la provincia de Logroño, que los comisionados presentaban del modo siguiente:

"La Rioja, país cerrado naturalmente por la gran cordillera de montes llamados Iduvedas al Sur y por los de Oca al Poniente, y al Norte por la alta sierra de Tolonio o montes Obarenes y después por el Ebro, con siete ríos que nacen y mueren dentro de ella, una población de más de 200.000 almas, producciones esquisitas y abundantes, genio y necesidades particulares; circunstancias todas a cuál más propias para formar provincia, por lo que la comisión se convenció de que, habiendo de crearse, ninguna más natural que la de Logroño"17.

Las protestas de Soria y Burgos ante la segregación no hallaron el menor eco entre los diputados a Cortes18, pero no resultó tan fácil de consensuar la demarcación de la nueva provincia. Bauza y Larramendi delimitaban La Rioja mediante accidentes naturales a lo largo de todo su perímetro: la divisoria entre el Ebro y el Duero por el Sur, la del Tirón y Oca con Burgos, la sierra de Cantabria con Álava, el río Queiles con

Zaragoza y el Ebro con Navarra. De este modo se satisfacían cumplidamente las reivindicaciones riojanas; si bien quedaba excluida Miranda de Ebro -reivindicada como riojana por Llorentese incorporaba en cambio Tudela. A partir de este proyecto inicial el territorio riojano resultó progresivamente recortado.

Al decantarse la comisión parlamentaria por Soria en lugar del Burgo de Osma (propuesto como capital por Bauza y Larramendi), la adscripción de Ágreda y la cuenca superior del Alhama a la Rioja dejó de tener sentido; aun así, permanecían en la provincia de logroño el antiguo partido de Yanguas y diversos pueblos situados al norte de San Pedro Manrique (aunque habían solicitado permanecer en la provincia de Soria 19). También Tarazona y Tudela fueron reintegradas a sus antiguas provincias, de modo que el nuevo límite oriental de la Rioja coincidía con la divisoria de aguas Alhama-Queiles: "por ser más conforme a los principios que tiene adoptados en este punto establecer por término divisorio la bardena, nombre provincial que se da a una faja de terreno inculto situada entre los dos ríos"20. Por consiguiente, los pueblos navarros de Castejón, Cintruénigo, Corella y Fitero quedaron finalmente en la Rioja, pese a las protestas del diputado navarro José M. de Ezpeleta:

"Convengo en que Viana, que lo desea y lo ha pedido, vaya a Logroño, pues dista poco más de una legua; pero Corella y Cintruénigo ¿están en el mismo caso? Por de contado no tienen caminos ni relaciones con Logroño, y sí uno muy hermoso para Pamplona."21

Tampoco estuvo exenta de tensiones la incorporación de la Rioja alavesa, sin que al cabo sea posible discernir cuál era la voluntad real de los pueblos de la antigua hermandad de laguardia22. Por último, atendiendo a las peticiones de los pueblos afectados, el límite con Burgos fue desplazado progresivamente hacia el Este, quedando Belorado en la provincia castellana23.

3.2. Integridad territorial y despertar foral. La cuestión de Tudela

El proyecto de Bauza y Larramendi reiteraba la anexión de la desembocadura del Bidasoa a Navarra24 y -como Lanz- proponía la segregación de Tudela:

"sus límites eran irregulares, y habiéndose visto que entre el Ebro y el Pirineo quedaba una buena provincia, y que el país situado a la derecha del Ebro podía cómodamente servir a la formación de la provincia de logroño, se decidió terminarla en este río por el S.; por el N. darle Fuenterrabía e Irún para que la frontera por esta parte estuviese en una sola provincia, y algunas pequeñas alteraciones al E. y O., con lo que quedó proporcionada y cerrada por la naturaleza."25

Las pequeñas variaciones a las que se alude consistían, de una parte, en la incorporación del norte de las Cinco Villas aragonesas, y de otra, en la segregación para Guipúzcoa de las cabeceras de los ríos leitzaran y Urumea (municipios de leitza y Goizueta) así como del apéndice suroccidental de la provincia (Marañón y otros pueblos) para Álava.

Por lo que respecta al límite oriental (sector de Sos del Rey Católico), la comisión de Cortes resolvió -a instancias del diputado aragonés Mariano Villamantener los confines históricos (si bien el enclave navarro de Petilla de Aragón se agregaba a la provincia de Zaragoza26). Por contra, el corredor del Bidasoa anexionado a Navarra se ampliaba hasta el Oiartzun y ría de Pasaia, según se decía para evitar que la comunicación entre este sector y Pamplona tuviera que hacerse a través de tierras de Guipúzcoa. Estas segregaciones suscitaron la oposición de la Diputación guipuzcoana, que pidió "no se desmembrase parte alguna de la provincia de Guipúzcoa para agregarla a otra que no sea las Vascongadas"27, al tiempo que señalaba la conveniencia de incorporar a su demarcación la totalidad de la cuenca del Bidasoa28. la comisión, pese a ser partidaria de que "la frontera francesa perteneciese por aquella parte a un solo gobierno político"29, tuvo que aceptar finalmente el mantenimiento de los límites históricos.

Pero si el proyecto disgustaba a los guipuzcoanos, tampoco resarcía a los navarros de la pérdida de Tudela y los restantes territorios situados al sur del Ebro que Bauza y Larramendi dejaban para la Rioja y Zaragoza:

"la Diputación provincial de Navarra y todos sus pueblos renuncian a las indicadas agregaciones de Guipúzcoa y Aragón, y sólo desean y les contentará la conservación de sus antiguos límites, según existen en el día."30

José Ezpeleta no criticaba tanto la segregación de Tudela en sí misma como el troceamiento de la merindad, ya que "el mal está en dividir el valle"; de ahí que reclamara la aplicación del principio de las vertientes (ampliamente utilizado en el proyecto) a la Ribera tudelana:

"La comisión ha supuesto que la parte que está del lado de acá del Ebro por Tudela era una deformidad que debía quitarse, y en efecto así parece a primera vista, pero esta parte es un gran valle que lo atraviesa el Ebro y el río Queiles, que la mayor parte del año está seco."31

También el diputado por Aragón, Gil de Linares, se oponía a la adopción del Queiles como límite al ser río de "poquísimo caudal en término que se pasa por un madero", rechazando la separación de los pueblos de Fontellas, Urzante y Tulebras respecto de Tudela y Cascante. El aragonés era partidario de unir Tudela a Aragón "porque estos pueblos tienen una comunicación la más íntima con Zaragoza por el canal y aun por los caminos"32. Finalmente la comisión aceptó de mala gana reintegrar a Navarra los pueblos de la margen izquierda del Queiles, entre ellos Tudela y Cascante, pues:

"Receló que la segregación de Tudela de la provincia de Navarra, a que pertenece desde antiguo, podría producir incomodidad y disgustos, y se inclinaba a que quedase agregada otra vez a Navarra, separándola de La Rioja."33

No obstante, se mantuvieron los pueblos de la vera derecha del Queiles en Zaragoza y los de la cuenca del río Alhama en La Rioja, de modo que no se acallaron las protestas navarras; Alejandro Dolarea afirmaba:

"y si la utilidad del Gobierno y gobernados es el punto central a que se dirige la división provincial, ¿qué necesidad hay de novedades, que a más de afligir los pueblos y la provincia, hacen resentir la justicia de los que, como Navarra, han sido siempre partes integrantes de ella, tienen satisfacción de conservarse dentro de la misma y extraordinaria repugnancia a su agregación a otra?"34

También en opinión del diputado por Filipinas, José María Arnedo, Navarra merecía conservar sus límites históricos, a modo de compensación por ser la provincia que más privilegios había tenido que ceder para adaptarse al nuevo ordenamiento político:

"Las contribuciones a que no estaba acostumbrada las ha pagado corrientes, ha admitido sin repugnancia el papel sellado, las aduanas, ha dado su cupo para el reemplazo del ejército, y yo creo que mientras no se oponga a la conveniencia pública se debe tener consideración a una provincia que tantos sacrificios ha hecho porque las demás, como ella, fuesen felices por una Constitución liberal como la que tenemos"35.

Los tres diputados navarros llegaron a presentar una proposición de tono veladamente crítico hacia el ordenamiento constitucional en la que expresaban los temores al:

"disgusto que esta segregación pueda causar en una provincia que por tantos títulos debe ser considerada. Los diputados esperan que tanto la comisión como las Cortes darán el mérito que corresponda al desprendimiento generoso de su antigua Constitución, que aunque remplazada por la que felizmente nos rige, el pueblo sólo juzga por los resultados, y hasta ahora no ha podido disfrutar de las ventajas que ella ofrece."36

Clemencín intentó atajar una discusión que se escoraba peligrosamente hacia un enfrentamiento entre foralidad y constitucionalidad. El presidente de la comisión argüía:

"si se hubieran de acallar absolutamente todas las quejas, sería menester levantar la mano en la división del territorio, porque siempre es preciso que cause algunos disgustos parciales. [...] ¿Acaso el poner a un pueblo en la provincia inmediata es llevarlo a Berbería?"37

3.3. ¿Provincias vascas versus Euskadi?

Bauza y Larramendi justificaban la unificación de los tres territorios históricos y la designación de Vitoria como capital38 en los términos siguientes:

"por todas las con[bi]naciones que precedieron a la determinación de las provincias, resultó la reunión de las tres para formar una regularizada, separando lo que se llama Rioja alavesa para la de Logroño, con quien este país tiene analogía y estrechas relaciones, Irún y Fuenterrabía para Pamplona y agregándole el Valle de Mena, Condado de Treviño y algunas juntas de Santander, que más cómodamente se hallan en la que se propone de Vitoria.

La comisión bien deseaba formar de Guipúzcoa y Vizcaya una provincia marítima y lo tanteó varias veces, pero jamás reunió los datos que debían convinarse, y además Álava, que por sí sola no puede formar provincia, tenía el inconveniente de no poderse adherir a otra que a la[s] que lo ha estado siempre por uniformidad de leyes, usos, idioma, etc.; así es que la comisión no pudo menos de juntar estas tres provincias en una unión que de hecho existía por la voluntad de los pueblos, como da a conocer el símbolo de las tres manos enlazadas, y el mote Irurac bat, las tres en una.39

La capital que se ha elegido es Vitoria, ciudad hermosa con edificios aparentes para establecimiento de las autoridades, y aunque precisamente no es central, es el centro de las comunicaciones de las tres provincias, de la Corte, de Castilla y de Francia; ningún otro pueblo reúne tantas proporciones para capital, y esto ha determinado a la comisión para elegirla: mas si hay méritos de política u otras razones que no alcanza para que Vitoria no sea capital, se indican Durango o Mondragón, aunque en ellos no concurren las ventajosas circunstancias que en Vitoria. En caso de que Vitoria quede aprobada por capital se propone para el antiguo Señorío de Vizcaya y Valle de Mena un gefe político subalterno en Bilbao que, enteramente ocupado de la prosperidad del país, puede en unión con sus habitantes promover su felicidad, el que no opina necesario si se elige alguno de los otros dos indicados"40.

La provincia que desde el primer momento y de manera más contundente se opuso al proyecto de unificación fue Vizcaya. La Diputación vizcaína y el Ayuntamiento y Consulado de Bilbao rechazaron tajantemente pasar a depender de Vitoria41. Aunque en algún momento de la polémica se dijera que Bilbao podría ser la capital vasca en vez de Vitoria, en realidad la postura vizcaína no dejaba el menor resquicio a la negociación; la Diputación decía que:

"Sólamente quien no conozca las circunstancias locales de la provincia en cuestión, quien ignore la diversidad moral entre unos y otros havitantes, o a quien apetezca la discordia y la guerra civil en nuestra patria, osaría proponer la unión de las tres provincias asignando por capital a Vitoria"42.

No menos contundentes fueron las intervenciones de los parlamentarios vizcaínos, quienes llegaron a afirmar que sus paisanos no podían "ser amalgamados con los alaveses sin un próximo peligro de que vengan a las manos"43. El diputado y consultor vitalicio del Señorío, Casimiro Loizaga, reclamaba la necesidad que tenía Vizcaya de contar con una autoridad próxima que velase por una justa adaptación al orden constitucional y particularmente a la unidad fiscal:

" ¿ Y cuál sería la impresión que causaría a los vizcaínos el actual sistema si al tiempo de imponerles contribuciones que jamás han tenido se les alejase la única autoridad que puede conocer y reparar los agravios que han de sufrir necesariamente en el repartimiento?"44

Su compañero, Juan Antonio Yandiola, hacía hincapié en las diferencias de todo orden (históricas, culturales, naturales, administrativas y jurídicas) existentes entre los tres territorios históricos. Señalaba que los límites de Vizcaya venían dados por la naturaleza y manifestaba la necesidad de ser prudentes en la introducción de novedades de este género en el País Vasco:

"Si en todos tiempos para mí es más difícil cambiar la faz física de un país que la política, mucho más ha de serio en donde ha sido preciso traducir al vascuence la Constitución para que se vayan acostumbrando a su doctrina"45.

La comisión de Cortes no tuvo más remedio que ceder a las presiones vizcaínas y separar esta provincia del plan de unificación. En palabras de Clemencín: "no quedaba otro arbitrio que el de reunir las dos provincias que manifestaban menos oposición a reunirse"46. El nuevo dictamen cometía un auténtico despropósito, denominar Guipúzcoa a la provincia que tenía a Vitoria Como capital:

"Guipúzcoa. Reunida la antigua provincia de este nombre con la de Álava, quedan ambas con la denominación Común de la primera y con la capital de la segunda, que es Vitoria, donde la concurrencia de los caminos que atraviesan el país en diferentes direcciones, junto con la abundancia de edificios y de comodidades de todas las clases, reúnen mayor suma de las circunstancias propias para fijar la capitalidad."47

Este plan no satisfizo a nadie; a los mismos alaveses la nueva delimitación les parecía absurda, contra-natura e impolítica. Ramón S. de Zubia, anteriormente diputado general de Álava y ahora representante en Cortes, defendía el plan Bauza-Larramendi señalando la idoneidad de Vitoria Como punto de reunión de las tres provincias. Negaba también que hubiera rivalidad con Vizcaya (aunque acusaba a sus autoridades de presumir de mayor población y riqueza al tiempo que se negaban a pagar más del tercio del Cupo impuesto a Euskadi) y observaba que el Señorío no precisaba mayor fomento que el que le proporcionaba su activa industria48. También la Diputación alavesa apoyaba decididamente el proyecto gubernamental:

"En todos tiempos ha reinado una feliz unión y armonía entre las tres provincias; la conformidad del idioma y costumbres, sus antiguas leyes, sus producciones rurales, todo ha contribuido a estrecharlas más y más cada día. [...] la forma de su gobierno, hasta su alimento y sus diversiones mismas son perfectamente iguales."49

Lógicamente, las autoridades guipuzcoanas fueron las más disconformes ante el nuevo proyecto. Anteriormente la Diputación de este territorio se había mostrado francamente favorable a la unión vascongada, caso de no ser factible la continuidad de Guipúzcoa (por sí sola o con la unión del norte de Navarra). LoS términos de un escrito de esta Corporación provincial fechado en septiembre de 1820 evidencian una clara conciencia euscalduna:

"las razones de conveniencia pública y las consideraciones morales exigen sin duda que las Provincias Vascongadas y el territorio de Navarra en que se habla el vascuence formen una sola, pues que sus costumbres, orden de gobierno interior observado hasta el presente, relaciones de sangre y sus vínculos que los identifica, presentan Como impolítica cualquiera segregación de sus partes, y contraria a lo que enseña la experiencia en esta clase de divisiones territoriales"50.

Pero al descolgarse Vizcaya del proyecto común, éste quedaba desvirtuado y convertido en una simple anexión de Guipúzcoa a Vitoria. El guipuzcoano José Fernando Romero reclamó que se aplicasen a su tierra los mismos criterios empleados para justificar la segregación vizcaína, al tiempo que señalaba las diferencias existentes entre ambas provincias:

"Debo hacer presente al Congreso que la lengua que hablan los guipuzcoanos es la vascongada, y la de los alaveses, fuera de un pequeño distrito de esta provincia, es la castellana. En las inclinaciones, gustos, industria, modo de vivir, vestirse y alimentarse, es claro que ha de haber una gran diferencia entre los que habitan poblaciones reunidas y los que viven en caseríos de mucha distancia entre unos y otros."51

Del sentir de los guipuzcoanos da idea la advertencia que el jefe político de esta provincia dirigía al Congreso señalando que, caso de no conservarse la independencia de esta provincia "temía que se amortiguase el espíritu público del país en favor de las nuevas instituciones"52.

El debate sobre la división territorial de Euskadi derivó en algún momento a una interesante discusión acerca de la abolición de los derechos forales. El diputado mejicano, Lucas Alamán, planteó sin ambages la necesidad de conservar los tres territorios como una forma de compensarles de la pérdida de sus Fueros. El vizcaíno Yandiola rechazaba que la cuestión pudiera plantearse en tales términos, afirmando con vehemencia liberal que:

"desde que juré la Constitución en Cádiz hice un presente a la Nación de los Fueros de Vizcaya. [...] No son, pues, los Fueros, no el provincialismo, sino la felicidad de la Nación, la que dirige a los diputados de Vizcaya."53

Clemencín, disconforme con las alusiones que se hacían, dentro y fuera del Congreso, a los sacrificios que hacían los vascos para adaptarse al régimen constitucional, expuso la doctrina liberal sobre esta cuestión: los Fueros eran un "edificio ruinoso" que el sistema absoluto había planeado derrumbar ("la segur estaba puesta a la raíz del árbol de Guernica") y por consiguiente "los vizcaínos, al cabo, hubieran venido a arrastrar las mismas cadenas que los castellanos"54. Los vascos, por tanto, debían estar satisfechos de un régimen que hacía extensivas sus libertades al conjunto de los españoles, igualándolos en derechos.

Finalmente la unión de Guipúzcoa y Álava fue rechazada por el Congreso, por lo que la comisión de división territorial elaboró el nuevo dictamen que mantenía la separación de los tres territorios históricos:

"La comisión, haciendo el paralelo entre los gastos y los peligros, cree digno de prudencia y circunspección del legislador preferir al partido más seguro, y sacrificar algún tanto a esta seguridad la economía, conservando por ahora las tres provincias existentes"55,

Esta última propuesta únicamente fue impugnada por alguno de los diputados contrarios a las provincias pequeñas, pero incluso entre los parlamentarios que abonaban estas tesis hubo quien apoyó la propuesta56 recordando que las Cortes ya habían aprobado la creación de otras provincias de similares dimensiones y población, pero sin la tradición política de las vascas.

La delimitación final de Vizcaya y Guipúzcoa acabó siendo la tradicional, si exceptuamos la incorporación de Orduña a la provincia de Vitoria, propuesta por los mismos diputados vascos57. En cuanto a la provincia alavesa, además de los territorios burgaleses que ya agregaban Bauza y Larramendi a su Provincia Vascongada (Condado de Treviño, Miranda de Ebro -que así lo había pedid0 58-, Junta de Villalba de losa, etc.), ahora se le añadían el resto de pueblos al norte de los montes Obarenes y sierra de Oña y al este del río Jerea o losa (Valle de Tobalina, Frías, Santa Gadea del Cid y otros), siguiendo también en esto la sugerencia de los parlamentarios vascos. Por contra, no se aceptó ni la propuesta de incorporar Oñati a Vitoria -rechazada por aquel Ayuntamiento59ni tampoco la petición de las localidades alavesas de Llodio y Okondo de pertenecer a Vizcaya60.

El hecho que en el último momento se decidiese mantener los límites tradicionales de Vizcaya con Cantabria, en contra de la voluntad del Valle de Mena61 y de Castro-Urdiales62, posiblemente fue una forma de solventar las presiones que en uno y otro sentido ejercerían los diputados de ambas regiones (no hay que olvidar que el vizcaíno valle de Carranza se agregaba a la provincia de Santander63).

4. LA COMPLEJA GESTACIÓN DE LA DIVISIÓN TERRITORIAL CONTEMPORÁNEA (1825-1854)

4.1. la división provincial de 1833

La división provincial de 1822 tuvo una vigencia de poco más de un año a causa de la nueva involución absolutista. No obstante, desde finales de 1825 el gobierno de Fernando VII volvió a ocuparse de este tema, aunque con la mayor reserva. Nuevamente se creó una comisión encargada de plantear una reforma de las provincias constitucionales, de la que únicamente nos son conocidos dos de sus miembros: Larramendi y el presidente de la Real Academia de la Historia y sucesor de Bauza (exiliado en Londres) al frente del Depósito Hidrográfico, Martín Fernández de Navarrete. Este último -al igual que su hermano mayor, Antonio, al que hemos aludido anteriormente estaba plenamente identificado con el provincialismo riojano. Ya en 1820, en tanto que secretario de la delegación en corte de la Sociedad Riojana, había presentado un escrito favorable a la formación de la nueva provincia, en donde defendía la individualidad natural y cultural de la región:

"la naturaleza, que se ha esmerado en favorecer este delicioso pays, ha querido también segregarlo de todos los demás y formar una concha en que encerrarlo circumbalándolo de altas montañas por todas partes. [...] el carácter, genio, usos, lengua, aire exterior y hasta la fisonomía de los riojanos es tan distinta de la de los vascongados, navarros, aragoneses, sorianos y burgaleses, que hasta en esto mismo quiso la naturaleza uniformarlos en sí y distinguirlos de todos los demás."64

Nada tiene de extrañar, pues, que en el plan dado a conocer a las audiencias y chancillerías, en marzo de 1829, la provincia de Logroño se mantuviese con los mismos límites que en el trienio salvo en el contacto con Euskal Herria. Y es que las provincias vascas quedaron totalmente al margen de los planes provincializadores de la década absolutista, manteniendo íntegramente sus límites históricos.

Debemos pensar que los nuevos recortes sufridos por la provincia riojana en la versión definitiva de 1833 fueron sugeridos por la Chancillería de Valladolid, encargada de revisar la propuesta de la comisión en su jurisdicción. En cualquier caso, la mayor parte de estas pérdidas territoriales se localizaban en sectores que ya en el trienio habían reclamado permanecer en Burgos o Soria65.

Cuando Javier de Burgos accedió al ministerio de Fomento el plan de división en 49 provincias estaba perfectamente ultimado. El único cambio que al parecer introdujo el antiguo prefecto de Almería en su decreto de 30 de noviembre de 1833, por lo que respecta a la zona que estudiamos, fue la sustitución del nombre de La Rioja por el de su capital.

4.2. Los partidos judiciales (1814-41)

En el antiguo régimen, la justicia estatal estaba presente en el País Vasco a través de los corregidores de Vizcaya (Bilbao) y Guipúzcoa (con residencia itinerante entre cuatro ciudades) y los alcaldes mayores de Álava (Vitoria), Gernika y Las Encartaciones (Avellaneda)66. Al margen de esto, cada territorio tenía una organización territorial propia, especialmente a efectos de su representación en las Juntas67. En Guipúzcoa no existía propiamente un nivel intermedio, pese a que algunos municipios se denominasen partidos. En cambio, en Vizcaya había ocho merindades de muy diversa extensión, y en Álava seis cuadrillas que agrupaban a su vez 54 hermandades con límites, en general, muy irregulares. Navarra se organizaba en sus cinco merindades históricas, en tanto que La Rioja se hallaba fragmentada en múltiples jurisdicciones, destacando por su extensión los partidos de Logroño y Santo Domingo de la Calzada68.

El paso del antiguo régimen al liberalismo supuso también la sustitución de la multiforme organización territorial tradicional por una racionalista e igualitaria división en partidos judiciales. Esta reordenación se llevó a cabo de manera simultánea a la reforma provincial. La causa última de este proceso debe buscarse en la plena asunción estatal de la administración de justicia a consecuencia de la supresión de las jurisdicciones señoriales en 1811. En nuestra zona de estudio, la implantación de los partidos judiciales tuvo lugar en tres etapas: el trienio liberal, la etapa de transición de reinados (1829-34) y los años inmediatos al Convenio de Bergara (1839-41).

La primera etapa se desarrolló atendiendo al reglamento de juzgados de primera instancia aprobado el 9 de octubre de 1812. Según éste, debían ser las diputaciones provinciales, de acuerdo con la audiencia respectiva (la de Pamplona en el caso de Euskal Herria), las que propusieran a las Cortes la división de su territorio en partidos judiciales con una población mínima recomendada de 5.000 vecinos (entre 22.500 y 25.000 habitantes). Las Cortes aprobaron con más o menos modificaciones los proyectos de las respectivas provincias a lo largo de 1820 (sólo el de Soria en 1814: orden de 24 de abril69). Elorden de aprobación fue el siguiente: Burgos (O. 26-VII-182070), Álava (DSC: 21-IX-182071), Navarra (O. 31-X-182072), Guipúzcoa (O. 2-XI-182073) y Vizcaya (O. 8-XI-182074). Cabe destacar que Bauza y Larramendi fueron los encargados de informar al Gobierno sobre estos proyectos antes de trasladarlos a la aprobación de las Cortes. las 22 cabezas de partido vigentes entre 1820 y 1823 en la zona estudiada se indican en el mapa 1.

Suprimidos en 1823 los partidos judiciales formados al amparo de la Constitución, la segunda etapa respondió a una iniciativa del ministerio de Justicia, comunicada a las audiencias y chancillerías en 1829. los altos tribunales territoriales, al tiempo que revisaban la propuesta de división provincial, debían proponer una nueva planta de corregimientos o partidos con una población recomendada no inferior a 4.000 vecinos (entre 18.000 y 20.000 habitantes). También este plan se hallaba ultimado cuando Martínez de la Rosa ocupó la presidencia del Gobierno, siendo decretada el 24 de abril de 1834. En nuestra zona de estudio esta división solamente afectó a la Rioja.

La división de 1834 fue generosa con la provincia riojana, por cuanto cuatro de los nueve partidos que se establecieron no alcanzaban el mínimo poblacional previsto. El juzgado de Cervera fue agregado a Alfaro en el tercer decenio del siglo XX. Salvo en Carneros, donde se hecha en falta la presencia de un núcleo rector, las siete cabeceras restantes siguen constituyendo hoy día el armazón urbano de la comunidad75.

Como hemos señalado, el arreglo judicial de 1829 dejó al margen a las provincias vascas y Navarra. A principios de 1834 se constituyó una comisión mixta (de los ministerios de Fomento y Justicia) de división territorial, formada por el geógrafo Fermín Caballero, el ingeniero José García Otero, Diego Clemencín (que falleció ese mismo año) y, presidiéndola, José A. de Larramendi (al que Javier de Burgos había nombrado director general de Caminos y Canales). El 27 de mayo de 1834 esta comisión recibió el encargo de proponer la división judicial de los cuatro territorios76. Un mes después el secretario de Gracia y Justicia, Nicolau M. Garelli, presentó al Consejo de Gobierno el proyecto formado por la comisión mixta, pero el alto organismo consultivo resolvió que la uniformización judicial se supeditara al resultado de la guerra en curso: "aunque se halla arreglada la subdivisión en partidos judiciales de aquellas provincias, convendrá suspender la aprobación hasta la pacificación de ellas."77 la comisión mixta prosiguió sus trabajos hasta el fallecimiento de Larramendi en 1840, y en los últimos años trabajó en un nuevo proyecto de división provincial.

La instalación de juzgados de primera instancia en el País Vasco no se inició hasta la primavera de 1841. En Guipúzcoa se formaron siguiendo inicialmente la distribución territorial del trienio; la Diputación foral se opuso a estas disposiciones, considerándolas como un instrumento de uniformización judicial, y por consiguiente un caso de contrafuero 78. Entre tanto, las Cortes iniciaron el estudio del proyecto de ley de creación de un cuarto partido en Azpeitia79. Este proceso gradual se aceleró bruscamente como respuesta al levantamiento antisepartarista de octubre de 1841, en el que estaban implicados un buen número de diputados forales. El 20 de ese mismo mes el Gobierno decretó la división de partidos de Álava y siete días después la de Vizcaya, así como la definitiva instalación del juzgado de Azpeitia80.

Sin duda la división judicial vasca de 1841 era la que había preparado la comisión mixta. Por consiguiente, se trataba de una organización territorial que preveía una reforma paralela e inmediata de los límites provinciales, de modo que se introdujeron ciertas discordancias entre la división civil general y la judicial: el burgalés Valle de Mena81 y las poblaciones alavesas de Llodio y Okondo pertenecían al partido vizcaíno de Balmaseda, en tanto que la ciudad de Orduña, pese a su pertenencia a Vizcaya, se convirtió en la capital de un partido esencialmente alavés.

A diferencia del País Vasco, Navarra consiguió quedar al margen, no sólo de la reforma judicial decretada en 1834, sino también de la de 1841, pese a que la comisión mixta proponía la reinstauración de los partidos formados en 1820 (si bien con Sangüesa como capital)82. Aunque la ley de confirmación de Fueros de 25 de octubre de 1839 y la llamada Ley paccionada de modificación de los mismos de 16 de agosto de 1841 integraron a Navarra en el régimen judicial común, lo cierto es que, por lo que respecta a los distritos judiciales, no se hizo mayor novedad en relación a las merindades que el definitivo traslado de las cabeceras de Sangüesa a Aoiz y de Olite a Tafalla83. Es por esto que los actuales cinco partidos judiciales navarros conservan los mismos límites que las merindades bajomedievales. Se trata de un caso excepcional de permanencia de una división territorial infraprovincial a lo largo de, al menos, seis siglos, con la única interrupción -y aun parcial del trienio liberal.

4.3. El contencioso de los límites riojanos y el plan de Fermín Caballero (1842)

Poco después de restablecerse la Constitución de Cádiz, la Junta de Logroño logró que el ministro de Gobernación, Joaquín M. López, decretara también el restablecimiento de los límites aprobados en 1822 (R.O. de 14-IX-183684). Ante la resistencia de las autoridades de las provincias limítrofes, particularmente de Álava y Navarra, la Diputación riojana elevó una queja a las Cortes85. La comisión parlamentaria encargada de estudiar el contencioso -de la cual formaban parte el cartógrafo Domingo Fontán y Fermín Caballero se manifestó contraria a las reformas puntuales y partidaria de un replanteamiento global de la división provincial. Se señalaba también que el proyecto en el que estaba trabajando la comisión mixta no era una simple reproducción de la demarcación del trienio, ya que, por ejemplo, eran "conocidas las ventajas de que el país de Yanguas corresponda a Soria". Sin duda en esta resolución había también una razón de prudencia política, pues tal medida estaba: "entorpeciendo la marcha administrativa de las diputaciones de Vitoria y Pamplona, y aun poniendo en compromiso a las autoridades militares del ejército del Norte"86. A consecuencia de este dictamen la anterior real orden quedó sin efecto.

Bajo la regencia de Espartero (personaje muy vinculado a Logroño, debido a que su mujer era de esta localidad) y posiblemente como respuesta al eco del levantamiento moderado de octubre de 1841 en Euskadi, se volvió a decretar el restablecimiento de los límites riojanos primitivos (D. 12-X-1841), aunque todo indica que esta disposición tuvo escasa efectividad real.

Por lo que conocemos del plan de la comisión mixta ultimado por Fermín Caballero en 1842, tanto los pueblos navarros del Alhama como la Rioja alavesa habrían vuelto a agregarse a la provincia de Logroño, que también recuperaba su denominación popular. Concretamente Corella y Laguardia figuraban como cabezas de partido riojanas (la primera en detrimento de Alfaro). Los pueblos de Tudela hacia el sur se incluían en la provincia de Zaragoza, en tanto el área de Sos se agregaba al partido navarro de Sangüesa87. Álava incorporaba Treviño y Orduña (ambas cabezas de partido), pero no Miranda de Ebro. El Valle de Mena se agregaba nuevamente al partido vicaíno de Balmaseda, al igual que Llodio, pero no así Castro-Urdiales.

En este proyecto ya no se pensaba en unir los tres territorios históricos; la lección de 1821 había quedado bien aprendida. No obstante, en el terreno eclesiástico sí se proponía la creación de una diócesis vasca común con sede en Vitoria (Caballero propugnaba la equiparación de la organización eclesial a la civil, si bien mantenía Calahorra como sede del obispado riojano). Además, también defendía que Euskadi, Navarra y La Rioja formasen una audiencia y distrito militar denominado Cantabria, con capital en Pamplona. La efímera regionalización administrativa aprobada en 1847 por el ministro de Gobernación, Patricio de la Escosura, volvía a contemplar la creación de un gobierno general de Cantabria con capital en Pamplona, en este caso formado Únicamente por los cuatro territorios históricos.

El plan ultimado por Caballero nunca llegó a tener efecto. La ambigua situación administrativa de la comarca Cantábrica alavesa y de Las Encartaciones, último testimonio de la intención de efectuar una rectificación de límites provinciales en la zona, fue solventada el 4 de octubre de 1849, al trasladarse el juzgado de Orduña a Amurrio, pasando aquella ciudad al partido de Balmaseda y los municipios de Okondo y Llodio al de Amurrio88.

4.4. Gipuzkoa: capital foral, capital liberal

Las instituciones forales guipuzcoanas y el corregidor de la provincia no tenían asiento fijo, sino que alternaban su residencia cada tres años entre San Sebastián, Tolosa, Azpeitia y Azkoitia (independientemente de que las Juntas Generales pudieran celebrarse en otras muchas villas). Esta excepcional situación refleja la voluntad de conseguir un equilibrio de fuerzas entre las principales ciudades de la provincia. Es evidente que el deambular de la capitalidad estaba condenado a desaparecer, no sólo por la imposición de un modelo de organización territorial jerárquico y centralizado, sino por las propias necesidades de un aparato burocrático-administrativo cada vez más complejo.

La Diputación provincial del trienio se instaló en Tolosa89, y cuando las Cortes aprobaron mantener la provincia de Guipúzcoa, se propuso que su capital fuese esta ciudad. En contra de este dictamen intervino el vizcaíno Yandiola, manifestando las ventajas de Donostia, como puerto de mar, residencia de las autoridades militares y ciudad más populosa (9.720 habitantes frente a los 5.031 de Tolosa, según Miñano). Ningún diputado intervino a favor de la candidatura tolosana, y acto seguido el pleno del Congreso rechazó el dictamen de la comisión, eligiendo por capital a San Sebastián90.

Posiblemente este debate fue tan breve y anodino porque la cuestión sorprendió a los propios interesados, ya que hasta entonces lo que estaba en juego era la continuidad de la provincia y no la localización de su capital. No obstante, la reacción de Tolosa no se hizo esperar, pese a que lo aprobado por las Cortes no podía volverse a discutir hasta una nueva legislatura. En pocos días obtuvo el apoyo a su candidatura de la Diputación provincial y de numerosos municipios, entre los cuales se contaban villas de la importancia de Arrasate, Azkoitia, Azpeitia, Bergara o Pasaia; sin embargo,

hay que resaltar el escaso eco de esta campaña entre la mayoría de las poblaciones de la costa. Por su parte, Ordizia se desmarcó de la disyuntiva reclamando para sí la capitalidad, aunque sólo consiguió el refrendo del Goierri91.

La defensa de la candidatura tolosana hacía hincapié en la importancia de su mercado y en su centralidad (la Diputación estimaba que esta ciudad resultaba más próxima a 78.000 guipuzcoanos, frente a los 30.500 más cercanos a Donostia92). San Sebastián era la ciudad burguesa y comerciante por antonomasia, cosmopolita y abierta a las nuevas ideas políticas liberales, en tanto que Tolosa encarnaba la tradición foral, la Guipúzcoa del interior y la más fielmente vascófona93. Esta dicotomía, quizás no tan clara en el trienio, se acentuó a raíz de la guerra carlista; desde entonces la cuestión de la capitalidad quedó inseparablemente vinculada a la actitud de unos y otros ante la cuestión de los Fueros. El Ayuntamiento de San Sebastián fue el principal adalid de la preeminencia de la Constitución sobre el ordenamiento foral, enfrentándose a menudo por esta causa a las Juntas Generales. La discrepancia entre las autoridades de la capital y las de la provincia tuvieron quizás su punto álgido en 1840, con motivo de los contactos entre representantes vascos y Gobierno de cara a la modificación de los Fueros. El Ayuntamiento donostiarra compartía la línea política negociadora de la Diputación de Navarra y discrepaba, en consecuencia, de la posición maximalista de la Diputación foral guipuzcoana. Ello llevó a esta corporación municipal a plantear incluso la posibilidad de solicitar su unión a Navarra94.

Hasta la década moderada, la capitalidad de San Sebastián tuvo siempre el respaldo de los gobiernos de Madrid. Larramendi, no dudó en presentar un dictamen favorable a la permanencia de la capital en Donostia95, contradiciendo las reiteradas peticiones de la Diputación. La llegada de los moderados al poder se tradujo en el traslado de la capital a Tolosa (R.D. 19-1-1844), como parte de las concesiones al partido fuerista. San Sebastián no recuperó la primacía hasta el bienio progresista, bajo un gobierno presidido por Espartero (R.D. 23-VIII-1854). Por entonces Donostia doblaba en población a su rival (15.911 habitantes frente a 7.639 en el censo de 1857).

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  SUPERFICIE POBLACIÓN
  1797 1821 1822 1833 1797 1821 1822 1833
ARABA 3.047 7.785 3.767 3.047 67.523 291.820 77.465 67.523
BIZKAIA 2.217   2.183 2.217 111.436   112.802 111.438
GIPUZKOA 1.997   1.997 1.997 104.491   110.073 108.569
NAFARROA 10.421 10.367 9.878 10.421 221.728 211.160 195.416 235.784
LARIOJA   7.838 6.279 5.034   208.095 196.440 147.718

1821 = proyecto Bauza-Larramendi (en este caso se unían los tres territorios históricos).